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Como muchos se darán cuenta por mi edad, nací a mediados de 1983, por tanto casi no viví en carne propia la época autoritaria. Nací en el ocaso de ella, pero lamentablemente me tocó sufrir sus secuelas. Consecuencias que conllevan, entre otras, a que Uruguay no haya conseguido establecer el equilibrio entre los tres Poderes, que desde la escuela nos enseñan como base del sistema democrático y republicano.
Acciones del Poder Ejecutivo antes y después de la promulgación de la Ley Nº 18.831 de Pretensión punitiva del Estado. Restablecimiento para los delitos cometidos en aplicación del terrorismo de Estado hastael 1° de marzo de 1985
27 de junio de 2011 - El gobierno solicitó al Ministerio de Defensa y a la Suprema Corte de Justicia la apertura de los archivos que contienen las fichas clínicas y judiciales de ambos organismos, durante la dictadura militar. El objetivo fue habilitar el acceso a los datos por parte de historiadores que integran el equipo de investigación de la Comisión de Seguimiento que funciona en la órbita de la Presidencia de la República (ex Comisión para la Paz).
La solicitud perseguía la apertura de dos archivos para que historiadores puedan acceder a los datos. Estos especialistas integran el equipo de investigadores de la Comisión de Seguimiento, en convenio con la Universidad de la República. En otro orden, se espera completar el Banco de Datos Genéticos. Esta inquietud se sustenta en que existe un número importante de familiares de víctimas de desaparición forzada que no fueron contactados para obtener muestras genéticas para su comparación ante eventuales hallazgos.
13 de julio de 2011 - La Presidencia de la República y el Consejo de Ministros a través de una resolución y por razones de legitimidad, revocan más de 80 actos administrativos incluidos en la Ley de Caducidad; en aplicación del Artículo 3º de la Ley 15.848 del 22 de diciembre de 1986- que consideró que los hechos denunciados se comprendían en las disposiciones del Artículo 1º dela Ley 15.848.
La resolución se sustenta en la sentencia que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) realizó para el caso Gelman versus Uruguay, la cual dispone que el Estado debe garantizar que la Ley de Caducidad no vuelva a representar un obstáculo para la investigación. Asimismo nuestro país ratificó la Convención Americana de Derechos Humanos (Ley 15.737 del 8 de marzo de de 1985), la Convención contra la Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes (24 de octubre de 1986) y la Convención sobre Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y Crímenes de Lesa Humanidad (21 de setiembre de 2001), así como también la Suprema Corte de Justicia declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad.
30 de agosto de 2011 - Presidencia publica la nómina de causas por violaciones a los Derechos Humanos tramitadas ante Justicia Penal. En esta fecha se pone en conocimiento de los interesados y de la población en general, la nómina de las denuncias por violaciones a los DDHH durante la dictadura, tanto las que pudieron haber seguido su trámite normal como las que resultaron archivadas en su oportunidad.
La nómina fue el resultado de un complejo trabajo de compaginación de diversas fuentes, realizado por Presidencia de la República y la Secretaría de Seguimiento de la Comisión para la Paz. Tiene por finalidad facilitar a todos aquellos interesados -cuyas denuncias estén allí incluidas y tuvieran noticia que las mismas fueron en su momento archivadas por la Justicia Penal-, la ubicación del expediente correspondiente y la formulación, en su caso, de la solicitud de desarchivo al amparo de la reciente Resolución de la Presidencia de la República que dispuso la revocación de todos los actos administrativos y mensajes de Poderes Ejecutivos anteriores que hubieran considerado determinadas denuncias como incluidas en el artículo 1° de la Ley 15.848 (de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado). A tales efectos, se establece en cada caso el nombre completo de las víctimas y denunciantes, el Juzgado correspondiente, la Fiscalía actuante, y el número de ficha del expediente (o al menos, en caso de no contarse con dicho número, el año de presentación de la denuncia a efectos de acotar la búsqueda a los índices de dicho año), así como las personas procesadas o condenadas, en caso de existir.
28 de octubre de 2011 - La Secretaría de Seguimiento de la Comisión para la Paz que funciona en la órbita de Presidencia de la República realizó un nuevo convenio con la Universidad de la República, que permitirá la continuación por parte del Grupo de Investigación en Arqueología Forense (GIAF) de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, de las excavaciones en los predios militares indicados por el Poder Judicial. Se busca continuar con las investigaciones que sobre detenidos desaparecidos
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