El proyecto que se propone atacar el endeudamiento

13 de marzo de 2023

El endeudamiento es un mal que afecta a miles de uruguayos. Las sucesivas crisis y la pandemia, han hecho que se generalice y afecte cada vez a más personas.

Con el objetivo de crear una ley que comience a ordenar esta problemática, es que venimos estudiando el tema desde hace años, ya que entendemos que atenta contra el bienestar social.

Hace unos días, le dimos estado parlamentario a un proyecto de ley que representa la síntesis de dos proyectos que se encontraban en la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Senadores. Nos referimos al proyecto de protección de deudores, elaborado por el Frente Amplio, y el de reestructuración de deudas, elaborado por Cabildo Abierto. Ambos proyectos plantean una serie de soluciones al problema.

Somos conscientes que nuestra fuerza política no es gobierno, y el margen de nuestra acción está muy limitado. Pero, como los problemas son urgentes y nos obligan a tratar de buscar acuerdos, siempre y cuando sean posibles y las propuestas compatibles con nuestras ideas. Atacar el endeudamiento de los uruguayos, es justamente uno de esos puntos en que podemos encontrar acuerdos más allá de nuestra fuerza política. Como suele decirse, es la ética de la responsabilidad la que nos manda a trabajar en ese sentido.

Por supuesto que una reforma legislativa no será la solución definitiva. Creer que una norma o una reforma legislativa es la única forma de modificar la realidad, es darle al Derecho un lugar que no tiene. Pero, sin duda, un proyecto de ley que pretenda implementar soluciones parciales podrá aliviar la situación de miles de uruguayos.

En ese sentido, Cabildo Abierto está analizando y reformulando la síntesis elaborada, lo que podría llegar a representar una idea común de ambas colectividades. Esto levantaría las críticas herreristas que le hicieron a la propuesta original, como por ejemplo, que la reestructuración de deudas se aplique únicamente a las deudas de consumo, que es nuestra principal preocupación.

 Hoy en día, este proyecto ya está en la Comisión de Constitución y Legislación, y representa una prioridad para el Frente Amplio, ya que está pensado para los sectores más vulnerables de nuestra población.

A continuación, esbozaremos algunos de sus principales aspectos.

Deudas incobrables: un problema de tratamiento inminente

Todos conocemos las formas abusivas que practican las empresas de intermediación financiera, abusando de los intereses, multas y recargos. También vivimos a diario las formas abusivas de los mecanismos de cobro de los referidos créditos. ¿Quién no ha recibido una llamada de teléfono por error donde le imputan una deuda que no tiene?

Esto es apenas una parte del problema, en Uruguay son los más vulnerables quienes terminan endeudados, en montos absurdos e imposibles de pagar, debido a las altas tasas de interés y la forma de imputar los pagos. Todo ello deriva en dramas sociales y familiares, con pérdidas del poco patrimonio logrado con muchos años de sacrificio y, prácticamente, la calificación de “parias” para los deudores que pasan a engrosar los registros del clearing y sus consecuencias negativas hasta para arrendar una vivienda.

Prácticas abusivas: los cobradores de deudas

En muchas ocasiones, cuando los deudores se vuelven incobrables, los créditos se tercerizan con empresas de recuperación de activos,que aplican mecanismos abusivos para el cobro de los créditos, llegando a situaciones de acoso y abuso de la desinformación.

Teniendo en cuenta el objetivo antes referido es que, entre otras modificaciones, el proyecto de ley prohíbe a las instituciones de intermediación financiera y las demás personas físicas y jurídicas que realizan dichas operaciones, realizar prácticas abusivas para el cobro de los créditos: violaciones a la intimidad de la persona, el uso de información errónea, el abuso de la desinformación y, las llamadas constantes y a horarios inapropiados. Para ello, proponemos un sistema sancionatorio en caso de incumplimientos.

Una audiencia administrativa previa al proceso de cobro

Otro aspecto fundamental es mejorar las garantías del debido proceso, buscando transparentar la situación crediticia del deudor y así evitar ciertos abusos que muchas veces se dan en los ámbitos procesales de recuperación de deudas.

Por tanto, se propone un mecanismo de solución de controversias a través de una audiencia administrativa de conciliación y mediación ante el Área de Defensa del Consumidor. En esta audiencia a solicitud del deudor, el acreedor debe brindar información acabada del crédito que se reclama y en la cual se podrá incorporar una opinión no vinculante con relación al caso.

Se pretende legislar un único proceso, precedido de la referida audiencia administrativa, para personas físicas en estado de crisis económico-financiera que no sean titulares de bienes, o que su activo sea su única vivienda con un valor equivalente al establecido para su incorporación como bien de familia y cuyos ingresos anuales sean menores o iguales a la suma de UI 120.000 (aproximadamente un año de tres salarios mínimos mensuales).

La realización de la audiencia administrativa, previa al inicio del proceso, tiene por objeto no solo obtener una información acabada respecto del monto global de la deuda (muchas veces ignorada por los deudores), sino buscar un acuerdo factible de ser cumplido de forma de liberar al deudor y permitir al acreedor recuperar algo del activo. En caso de no lograrse acuerdo en la instancia administrativa, podrá iniciarse un proceso judicial de reestructura de deudas, tanto a solicitud del deudor como del acreedor, contando con una etapa conciliatoria y pudiendo derivar en una reestructuración judicial forzada de la deuda.

La reducción del período de generación de intereses moratorios

También se propone reducir el período de generación de intereses moratorios pasando de 24 a 18 meses. Además, se propone que la tasa informada al deudor coincida con la “tasa implícita” que se debe calcular para saber si el crédito es usurario y se eliminan dos conceptos que, hasta el momento, la ley de usura permite excluir del cálculo de la tasa de interés implícita. Nos referimos a los seguros y las comisiones de los fondos de garantía, que claramente forman parte del riesgo de crédito que la tasa de interés debe cubrir, y por lo tanto, no se fundamenta su exclusión. Además, dado que estos conceptos se usan muchas veces para aumentar artificialmente la tasa, esta propuesta implica una rebaja del tope de usura.

Caducidad de pleno derecho de los intereses moratorios

Finalmente, se establece la caducidad de pleno derecho de los intereses moratorios cuyo capital inicial sea inferior a 20.000 UI, sin importar en qué moneda se pactó. Para que ello ocurra se cuentan 18 meses a partir de la fecha en que cada obligación devenga exigible. De esta forma, se pretende añadir nuevas garantías a los deudores, que como dijimos es el que se lleva la peor parte.

A modo de cierre…

Si hay algo que la política no debe perder nunca es el pragmatismo y la visión estratégica de buscar soluciones que favorezcan a las grandes mayorías. Esa visión hace a lo que somos: una oposición constructiva, dispuesta a tenderle la mano al Gobierno cuando corresponda y existan coincidencias con nuestra visión política. 

En definitiva, y fundamentalmente, buscamos solucionar los problemas de la gente…

Charles Carrera Leal
Senador de la República
MPP – Espacio 609 – Frente Amplio

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